jueves, 5 de julio de 2012

Una normativa de la Unión Europea prohíbe a los distribuidores el impedir la venta de juegos de segunda mano

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anunciado que los distribuidores no pueden impedir a un usuario revender sus videojuegos descargables, ya que según declaran el derecho exclusivo de distribución de una copia de programa de ordenador cubierta por su licencia "se agota en su primera venta".

"Un autor de software no puede oponerse a la reventa de sus licencias utilizadas, permitiendo el uso de sus programas descargados de internet", declara la sentencia. "Aunque los acuerdos de licencia prohíban una transferencia futura, el poseedor de los derechos no puede oponerse a esa venta".

¿Qué significa todo esto? Principalmente que los jugadores de la Unión Europea pueden vender sus copias de juegos descargables sin importar si éstas son de Steam, Origin o cualquier otra plataforma digital y sin importar tampoco el tipo de acuerdo de licencia que hayan firmado.

Hay condiciones, no obstante, como por ejemplo que cuando vendemos la licencia de un juego tenemos que inutilizar nuestra copia en el momento de venderla. "Si la persona continúa usándola se infringiría el contrato de reproducción de su programa de ordenador. En contraste con los derechos de distribución exclusiva, los derechos de reproducción exclusiva no se agotan tras la primera venta".

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